Es muy probable que nos preguntemos a que edad puede un niño montar en el asiento delantero y la verdad es que no solo la edad es importante sino otras características como la altura del niño, el coche que tengamos.
En el artículo de hoy, resolvemos todas las dudas respecto a cuando pueden empezar a montar nuestros pequeños de copilotos.
¿A qué edad puede un niño montar en el asiento delantero?
Lo recomendable por la DGT es que un niño puede montar en el asiento delantero a partir de tocar con los pies en el suelo, lo que vendría a ser tener una altura de 1,50. Ese es el momento justo en que los niños pueden dejar de llevar sillita en el coche y llevar únicamente el cinturón de seguridad.
Por lo tanto la edad no es importante sino la altura y el peso del niño. Y la altura no solo influye en los niños, si un adulto midiera menos de 1,35cm debería usar alzador también.

Excepciones donde el niño tiene menos de 1,50 cm y puede montar delante
Hay distintas excepciones en las que un niño que no cumpla los requisitos anteriores puede montar de copiloto:
- Cuando el coche no tiene asientos traseros o
- Si en los asientos traseros no hay posibilidad de instalar todas las sillas infantiles.
- Cuando, a pesar de tener asientos traseros, éstos está ocupados por niños de una altura inferior a 1,35 cm.
En esas ocasiones un niño puede ir de copiloto, pero aún así deberá cumplir ciertos requisitos. Según la DGT, un niño o niña puede montar en el asiento delantero del coche en estas excepciones si cumple dos requisitos. El primero es tener 12 años de edad ya cumplidos, pero el segundo es el más importante porque además el niño o niña deberá tener de altura de mínimo 1,35 cm.
Por lo tanto si nuestro hijo, sobrino o nieto tiene 12 años de edad pero no la altura no puede montar en el asiento de delante. Pero si teniendo la altura mínima no tiene la edad de 12 años tampoco podrá. Los dos requisitos son necesarios.
Si se cumplen tanto el requisito de la edad como de la altura, el niño o niña deberá tener un sistema de retención infantil adecuado a su talla y peso para montar delante.
Sanción por no cumplir lo anterior
La infracción de lo anteriormente explicado conlleva la retirada de 3 puntos del carnet, una multa de 200€ y la inmovilización del coche.