Apellido del bebé: cómo decidirlo en familia y qué permite la ley

  • En España, padre y madre pueden decidir libremente el orden de los apellidos de sus hijos al inscribir el nacimiento en el Registro Civil.
  • El orden elegido para el primer hijo se aplica al resto de hermanos del mismo vínculo, aunque cada uno podrá invertirlo al cumplir la mayoría de edad.
  • Si no hay acuerdo entre progenitores, el encargado del Registro Civil fija el orden atendiendo al interés superior del menor, sin prioridad automática del apellido paterno.
  • Elegir primero el apellido materno puede responder a motivos de igualdad, preservación del linaje, sonoridad del nombre completo o evitar combinaciones burlonas.

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Tras leer en “Mamma Mia!” el testimonio de un papá sobre el apellido que su hija lleva, me he decidido a contaros que según el Registro Civil español, cuando una familia compuesta por padre y madre esperan un bebé, pueden inscribirle con el primer apellido de la mujer, y en segundo lugar con el primero del progenitor. El orden asignado para el primer hijo regirá para los siguientes, y a su vez todos los descendientes, o mejor dicho, cada uno de ellos puede alterar este orden cuando sean mayores de edad.

El protagonista de la historia que me ha inspirado se llama Ari Sharp, y vive en uno de esos lugares (Australia) en los que las personas suelen llevar el apellido paterno (un único apellido), siendo las mujeres las que ‘ceden’ y renuncian al suyo cuando contraen matrimonio. No fue así en el caso de esta pareja, pues era del todo injusto que colaborando ambos a la economía familiar y habiendo establecido corresponsabilidad doméstica, existiera tal desigualdad. Por ello, ambos mantuvieron su propio apellido, y cuando Melanie quedó embarazada, decidieron ponerle su apellido a la bebé que iba a nacer.

El relato es más largo que esto que os he contado, porque su pacto fue algo así como ‘si va a ser niña apellido de mamá, si tenemos un varón, el de papá’. Y mientras esto sucedió en Australia, la pregunta es cómo se gestiona el orden de los apellidos o su mantenimiento en el resto del mundo, y qué posibilidades reales tienen hoy las familias españolas para decidir.

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Acabando con el sistema de imposición de apellidos

Dicho así suena injusto, ¿verdad? pero es que la opción que hasta hace poco estaba más extendida, antes de las reformas legislativas que se han ido aprobando, era imponer el apellido del varón (cuando se lleva solo uno), u obligar a que el de papá vaya el primero. En los países de habla hispana se suelen poner dos apellidos, y en España (como en Argentina, Uruguay o Ecuador) ya ha llegado el cambio hacia un modelo más flexible.

Con este cambio normativo, son muchas las familias que optan por que los niños puedan llevar como primero el de la madre, siempre que exista acuerdo. Lo relevante hoy es que el orden de los apellidos deja de ser una herencia automática del modelo patriarcal y se convierte en una decisión consciente de los progenitores, que deben reflejarla en la inscripción de nacimiento.

La clave está en el Registro Civil y en el acto de la inscripción. Es allí donde se define el orden que acompañará al menor durante toda su vida administrativa, salvo que más adelante se solicite una modificación conforme a la ley. Si los padres expresan el orden que desean, no tienen que justificar su elección ni cumplir requisitos especiales, siempre que se respeten las normas básicas de filiación.

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En otros lugares del planeta encontramos situaciones de lo más variopintas: países con un solo apellido en el que tradicionalmente prima el paterno, sistemas sin legislación clara en los que se mantiene la costumbre, modelos que permiten combinar los apellidos en uno compuesto, sistemas que forman apellidos nuevos mediante prefijos, e incluso lugares donde apenas se utilizan apellidos tal y como se entiende en España. Esta diversidad muestra hasta qué punto el apellido es un elemento cultural, además de jurídico.

La reforma de la legislación española en materia de nombre y apellidos supuso, además, un giro importante: si no hay acuerdo entre los progenitores, ya no se aplica automáticamente la preferencia del apellido paterno. En ese caso, es el encargado del Registro Civil quien decide el orden, siempre atendiendo al interés superior del menor, y no a tradiciones históricas.

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Voy a ser madre: ¿cómo haré para que mis hijos lleven mi apellido en primer lugar?

Los requisitos no son demasiado complicados: debe existir acuerdo entre ambos progenitores, y el orden será escogido al momento de la inscripción del nacimiento en el Registro Civil (o tenerlo previsto de antemano para no improvisar). En los casos de adopción podemos hacer lo mismo: establecer el orden cuando vayamos a registrar al niño. Recuerda que el orden en los apellidos que lleve tu hijo mayor será el que determine el de sus hermanos pequeños, siempre que tengan la misma filiación.

En la práctica, los pasos básicos son:

  • Elegir el nombre propio del bebé respetando las normas legales (no se permiten nombres que perjudiquen objetivamente a la persona, confundan el sexo o sean diminutivos sin sustantividad).
  • Decidir el orden de los apellidos antes de firmar la solicitud del Registro Civil, ya sea desde el hospital mediante envío telemático de datos o acudiendo presencialmente a la oficina registral.
  • Consignar por escrito ese orden en el impreso de inscripción; si no se indica, el encargado del Registro requerirá a los padres para que lo hagan.

El trámite acaba con la imposición, pero si el papá se opone, será el funcionario encargado el que dirima tras los 3 días que se conceden para que ambos progenitores lleguen a un acuerdo. Si no se alcanza consenso, el Registro Civil establecerá el orden de los apellidos atendiendo al interés del menor, sin aplicar ya la antigua prioridad paterna. Se pueden tener en cuenta criterios como la identificación social del menor, la facilidad de pronunciación, la ausencia de burlas o la menor conflictividad.

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¿Por qué querer que los apellidos de mamá vayan en primer lugar?

Nadie te puede convencer de lo contrario, más bien es un acuerdo intrafamiliar que se vale de una ley favorable. Puedes desear que tu apellido no se pierda (tienes el mismo derecho a conservar el de tus padres que tu pareja); podéis desear que el apellido infrecuente vaya primero (ya sabes: hay muchos García, López o Fernández en España); también es posible que le hayáis dado vueltas a la combinación nombre + apellido + apellido hasta encontrar una que os guste más o suene mejor.

A estas razones se suman otras que muchas familias comparten hoy:

  • Motivos de igualdad de género: hay parejas que quieren romper con una costumbre claramente patriarcal en la que solo el apellido del padre se consideraba relevante.
  • Reconocimiento simbólico del embarazo y los cuidados: algunas madres sienten que, habiendo llevado la gestación, el parto y gran parte de la crianza inicial, desean que eso se refleje también en la identidad nominal de sus hijos.
  • Historias familiares concretas: apellidos maternos ligados a mujeres referentes, abuelas o bisabuelas que se quieren homenajear; linajes que han sufrido discriminación o invisibilización.
  • Evitar combinaciones desafortunadas entre nombre y apellidos que puedan dar lugar a burlas, juegos de palabras ofensivos o expresiones grotescas.

En España, además, la ley permite una opción interesante: crear un primer apellido compuesto con los dos apellidos de los progenitores (padre-madre o madre-padre), de modo que el niño tenga, por ejemplo, “Pérez García” como primer apellido y uno de los apellidos familiares como segundo. Esta vía evita que uno de los apellidos se pierda en generaciones futuras y refleja de forma muy visible la corresponsabilidad.

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Vuestras hijas e hijos crecen y desean cambiar el orden de sus apellidos

Podrán hacerlo cuando sean mayores de edad, dirigiéndose al Registro Civil para formular la solicitud; para quienes hayan nacido con el sistema actual, la vía habitual será este cambio a petición propia. De hecho, para los que hayan nacido después del 2000 esa es la vía ordinaria para invertir el orden una vez alcanzada la mayoría de edad. Y por otra parte, una familia puede volver a cambiar el orden de los apellidos de sus hijos, incluso tras la inscripción de nacimiento, siempre que se respeten las condiciones legales y, en caso de menores, se atienda a su interés y se les escuche si tienen suficiente juicio.

La normativa establece que “la filiación determina los apellidos” y que si está determinada por ambas líneas, los progenitores acuerdan el orden de transmisión del primer apellido. Cuando solo hay una filiación (por ejemplo, en familias monoparentales por maternidad en solitario), el hijo llevará únicamente los apellidos de ese progenitor sin necesidad de ningún trámite excepcional.

Una vez alcanzada la mayoría de edad:

  • La persona interesada puede invertir el orden de sus apellidos sin necesidad de consentimiento de los padres, mediante una simple solicitud al Registro Civil.
  • Este cambio puede hacer que haya hermanos con distinto orden de apellidos, porque cada uno, al ser adulto, puede ejercer su derecho de forma independiente.
  • También se pueden pedir otras modificaciones como la regularización ortográfica de apellidos o la adaptación gráfica de apellidos extranjeros a la fonética española.

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La Ley 20/2011 de 21 de julio es la responsable de que nuestros hijos y nuestras hijas puedan llevar como primer apellido el de mamá. Supuso un avance porque antes de estas reformas éramos nosotras las que, de facto, renunciábamos a mantener a través de los vástagos el apellido heredado de nuestros padres. En los tiempos que corren, y desde la perspectiva de la igualdad reconocida en la Constitución y en los tratados internacionales, no tenía sentido mantener una prioridad automática del apellido paterno.

Esta evolución legal conecta con decisiones de organismos internacionales que instan a los Estados a eliminar toda discriminación sexista en el régimen del nombre y de los apellidos. España, al permitir que los progenitores decidan en plano de igualdad, se alinea con ese estándar y se sitúa entre los países con normativa más avanzada en esta materia.

Imagen — peasap
Más información — Ministerio de Justicia (Trámites) Registro Civil (Trámites)

La elección del orden de los apellidos de tu bebé es hoy, más que nunca, una decisión familiar cargada de significado: habla de igualdad, de historia, de afectos y de cómo queréis construir vuestra identidad como familia. Conocer bien las opciones legales, reflexionar sobre los motivos y dialogar en pareja permite dejar atrás inercias patriarcales y aprovechar una oportunidad real de corresponsabilidad también en algo tan visible como el apellido de vuestros hijos.