Custodia compartida: qué es, cómo y cuándo pedirla

custodia compartida
En términos generales, la custodia es la responsabilidad que tienen los padres en la crianza, bienestar y educación de los hijos. Cuando una pareja se rompe, o sencillamente no existió, hay varias formas de asumir por parte de cada uno de los progenitores, esta custodia. Puede que sea monoparental o exclusiva, de uno sólo de ellos, o compartida.

Si la custodia es exclusiva, el otro progenitor, padre o madre seguirá teniendo derechos a visitas y estancias. Y si se trata de custodia compartida los hijos podrán convivir con ambos progenitores, en periodos alternos de convivencia con uno u otro. Ahora te explicamos más detalles.

¿Qué es la custodia compartida?

los niños en el divorcio

La custodia compartida se da en casos de separación o divorcio, parejas de hecho, inscritas o no, que deciden poner fin a su relación. También se puede solicitar la custodia compartida cuando madre y padre reconocen ser los progenitores del hijo o la hija, aunque no haya habido relación.

Este tipo de custodia viene a ser la opción más solicitada en las separaciones, y en algunas comunidades autónomas ya es la opción preferente. Garantiza a los padres la posibilidad de seguir ejerciendo los derechos y obligaciones inherentes a la potestad o responsabilidad parental y de participar en igualdad de condiciones en el desarrollo y crecimiento de sus hijos, lo que parece también lo más beneficioso para ellos.

El Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre circunstancias concretas que hacen que la custodia compartida sea excluyente, por ejemplo, que los hijos presencien enfrentamientos entre sus padres, o que adoptar cualquier decisión en común se convierta en una disputa violenta. En estos casos el tribunal puede decidir que este clima está perjudicando emocionalmente a los menores, y se entiende que sufrirán con cada nuevo encuentro entre sus padres.

¿Cuándo solicitar la custodia compartida?

ruptura pareja

La custodia compartida se solicita en diferentes momentos y a través de distintos procedimientos, según los progenitores estén casados o no. Durante la separación o divorcio se podrá solicitar esta custodia en la propuesta de convenio regulador, cuando los padres así lo acuerden. 

En cualquier caso, el juez recabará el informe del Ministerio Fiscal y oirá a los menores que tengan suficiente juicio, esto es a partir de los 12 años, casi siempre. Además de recabar dictámenes de especialistas cualificados. Para el adecuado cumplimiento de la custodia compartida se procurará no separar a los hermanos.

La custodia compartida también se puede solicitar tras el régimen de custodia exclusiva, establecido en la sentencia de divorcio. Para ello los progenitores presentarán de mutuo acuerdo un nuevo convenio regulador con las medidas que desean modificar. A falta de acuerdo entre los padres, si uno de ellos solicita la custodia compartida, el juez decidirá. A petición de uno de los progenitores se podrá acordar la guarda y custodia compartida.

¿Dónde viven los menores?

custodia compartida

En la legislación no existe disposición alguna que determine la forma de ejercitar este régimen de custodia compartida. En cualquier caso, prima el bienestar de los hijos, y el interés superior del menor a una vivienda adecuada a sus necesidades. Para los jueces, una lejanía física de los domicilios de los padres es un factor determinante, pero no excluyente para la concesión de esta custodia.

Se puede hablar de custodia compartida con domicilio fijo de los hijos cuando se concede el uso exclusivo del domicilio familiar, o de otro, a los dos progenitores, por periodos alternos. Los hijos son los que permanecen en él y los padres los que se trasladan hasta ese lugar. En la práctica, lo más frecuente es que los menores cambien de domicilio, según la alternancia acordada en la custodia compartida.


Los hijos estarán empadronados en el domicilio en el que pasen la mayor parte del tiempo. Y si el tiempo de convivencia es el mismo, serán los padres quienes elijan de mutuo acuerdo el domicilio en el que los hijos estén empadronados. En caso de desacuerdo lo decide el juez. Otro término a tener en cuenta es la patria potestad, que son los derechos y deberes con los hijos.


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