Seguridad Infantil en el parque acuático: una responsabilidad compartida

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Tras varios días de lluvias esperadas (aunque insuficientes) el calor ha hecho su aparición con temperaturas que algunos días parecen de principios de verano, y no de mitad de Primavera. Por eso aconsejábamos hace unos días que tuvierais cuidado si vais a la playa, o cuando abran las piscinas municipales dentro de poco, porque un despiste podría tener un desenlace fatal. De hecho, bastan 27 segundos para que un niño sufra un ahogamiento por sumersión o inmersión en el agua.

¿Y que hay de los parques acuáticos? En cuanto finalice el calendario escolar, empezarán a llenarse de familias y grupos, deseosos de pasar un día divertido y “a remojo”. Además de recordar que es necesaria la protección solar en estos casos de exposición continuada, nos gustaría analizar todos los aspectos relacionados con la seguridad en estas instalaciones. Seguridad que, no solo depende de los propios parques, sino de la utilización que hagamos los usuarios de ellos.

Asociamos los ahogamientos a lagos, playas, ríos y piscinas; pero en estos parques también pueden suceder accidentes que se hubieran podido prevenir. Tengamos en cuenta la propia definición de accidente (según la OMS) como “un hecho eventual, anómalo e involuntario, del cual resulta daño físico o psíquico, COMO consecuencia de una falta de prevención o defecto de seguridad.

Recuerdo muy bien dos de los últimos terribles sucesos ocurridos cuando la víctima había ido a disfrutar de un día de diversión con compañeros de clase o campamento: en uno de ellos se trataba de una niña de entre 10 y 12 años (no recuerdo bien) que murió mientras jugaban a hacer ‘ahogadillas’.

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La seguridad que ofrecen estos parques.

Un documento de la Comunidad de Madrid establece todos los requisitos legales que deben cumplir las instalaciones, servicios y sistemas de atención o vigilancia. Por ejemplo se debe disponer de carteles en cada atracción que especifiquen características e instrucciones; y los socorristas deberán estar adecuadamente formados e ir uniformados. Se menciona por otra parte el pavimento antideslizante, o los elementos de rescate, etc.

Se indica además que “el parque podría no permitir el acceso a menores de 12 años que no vayan acompañados de un adulto responsable de su custodia” (¡vaya!, me sorprende porque con 12 y 13 años aún son pequeños para asumir según qué riesgos en estos contextos). Sin embargo, el apartado seguridad de la web de los parques Aqua Brava, indica claramente que “los menores solo podrán entrar acompañados de un adulto”, en este caso entiendo que para mayores de 15 o 16 quizás la norma sea más permisiva.

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Niños y adultos tirándose por toboganes de agua, y sintiéndose seguros.

Es posible gracias a una serie de características que las instalaciones poseen acogiéndose a las correspondientes normativas autonómicas. Existen:

  • Medidas generales de seguridad, como los planes de emergencia o el suministro de electricidad para abastecer de agua.
  • Medidas específicas de seguridad, que son relativas a la actividad concreta de parque acuático. Por ejemplo se consideran dentro de este apartado los elementos de apoyo para los socorristas (botes de rescate); o los elementos pasivos que informan a los usuarios, o separan las características de cada atracción (marcas de profundidad o corchares están incluidas).
    También nos encontraremos con unos sistemas de comunicación adecuados.

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Seguridad Infantil en el medio acuático: responsabilidad compartida.

Teniendo en cuenta los aspectos expuestos anteriormente, queda claro que los parques acuáticos deben proporcionar las condiciones para que la estancia sea segura (y así es). Lo cual incluye, según Emergències Setmil, las medidas de evacuación del parque, y la previsión de socorristas, vigilantes, personal médico y monitores. Pero como he comentado, la seguridad también depende de cada uno de nosotros.

Por ejemplo, deberíamos obligarnos a observar y cumplir las normas de los juegos, siguiendo a rajatabla las instrucciones de los socorristas. Y para que los peques adquieran conciencia de la prevención, podemos acostumbrarles a leer los carteles, y a que hagan preguntas cuando no entiendan alguna recomendación. Y cuando digo cumplir las normas, también estoy pensando en la altura mínima exigida: si una niña o un niño no mide los centímetros necesarios para utilizar una atracción, pues no la usa, ¡y ya está!

Tampoco está permitido tirarse de cabeza a las piscinas; ni correr, molestar o empujar a otros bañistas. Si tus hijos aún no saben nadar, deberás recurrir a los sistemas de flotación (aquí tienes más información) o quedarte con ellos en la orilla de una de esas piscinas familiares de recreo.

Imagen tomada de Emergències Set Mil

Imagen tomada de Emergències Set Mil

El verano es para disfrutar, pero anteponiendo el sentido común y la seguridad, sólo así las experiencias son realmente divertidas.

Imágenes — Segunda: I Stu_pendousmat, Tercera: VisitCentralFL


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  1.   George dijo

    Para cuando una Ley que obligue a poner vallas y puertas de acceso a cualquier zona de agua sdan particulares, comunitarias, municipales, etc.para que los niños menores no puedan acceder sin supervisión.
    Como en otros paises que si se toman en serio este tema, ejemplo de Francia con una ley que los obliga a todos, todos.
    No como en España que hsta que no hay un aogamiento no ponen nada. Y digo nada por que cumplir lad normas las cumplen, pero no son de seguridad Activa. Por que el que tengan que tener uno o dos socorristas, solo son 4 ojos, el que tengan que tener salvavidas para que siguen habiendo solo 4 ojos, un botiquin, para que? Si se ahoga el botiquin no sirve para nada, o tres miserables cuerdas entre unos postes verticales de madera a modo de valla, para que cumpla, que es como no tener nada, basta yá, es la segunda muerte accidental tras los de coche, creo que se está mirandl para otro lado.
    George Shop.Exterior.es

    1.    Macarena dijo

      Hola George, tienes razón en que no hay una normativa unificada, y en que fallamos mucho en este tema tan importante (sí: como dices es la segunda muerte accidental). Por otra parte te comento que la seguridad en el agua es una responsabilidad compartida, por ejemplo, necesitamos socorristas en número suficiente, formados y equipados, pero… los ahogamientos no siempre son porque falla la seguridad activa o pasiva, sino debido a imprudencias.

      Conozco más de un caso y más de dos (y tú seguro que también) en el que mientras el niño pequeño se adentraba en el mar, el padre o la madre enviaba mensajes desde su teléfono. Lo mencionaba el año pasado en un artículo: existe una tendencia a despreciar la posibilidad de accidentes en medio acuático, y en consecuencia no prevenirlos.

      En cualquier caso no puedo estar más de acuerdo con tu queja. Un saludo.

  2.   Alfonso dijo

    George, no puedo estar del todo de acuerdo contigo. No se pueden poner puertas al campo si los adultos no aceptamos nuestras responsabilidad. Por un lado es cierto que no hay una legislación unificada en toda España para los parques acuáticos ni piscinas de uso público (por eso de las transferencias), sin embargo SÍ QUE EXISTE una normativa técnica de seguridad en toda EUROPA (bueno, realmente es un conjunto de unos 20 normas técnicas que son válidas también en España como normas UNE-EN) aplicable a todo tipo de piscinas de uso público y en concreto a los parques acuáticos. Pero mientras en España sigamos jugando a legislar sobre temas técnicos (cuando en toda Europa ya se han estado reuniendo durante años un grupo de expertos sobre el tema y han concluido con un documento técnico que se revisa cada 5 años), no resolveremos nada. ¿Realmente es más seguro un parque en una Comunida Autónoma que en otra?.
    Un parque acuático, par ser seguro, no necesita que tenga una valla de protección alrededor de todas sus piscinas. No tiene sentido. Es una zona de ocio, pero no por eso ha de dejar de ser segura, claro.

    1.    Macarena dijo

      Hola Alfonso, gracias por tus aclaraciones sobre legislación y normas. Estoy también de acuerdo contigo en que los adultos debemos asumir cada uno nuestras responsabilidades.

  3.   George Gelis dijo

    Alfoso y Macarena
    Estamos en lo de siempre, las normativas de papel, yo hablo de normativas efectivas, mira, estamos cansados de ver casa en las peliculas que no tenian vallas ni puertas de acceso a las casas, MUY BONITO no se le pusieron puertas al campo, pero la realidad es otra, cualquiera campa donde !e da la gana y eso a todos no nos gusta por más que pensemos que todos deben ser responsables y saber donde deben estar y hasta donde no deben pasar.
    Los parques acuáticos muchos han puesto vallas solo cuando una denuncia ha sido senteciada y entonces ponen vallas, no!! si sentencian que pongan vallas sabran que es por que son necesarias para intentar evitar el daño que provocó antes, si eso es de tal forma quiere decir que no se tomaron las medidas correctoras.
    Quien es Responsable, las personas solo hacen lo que les obligan en este y en otros ambitos no preveen.cuando se ahoga un niño ponen remedio, cuando mueren motoristas en los guardarailes ponen remedio, cuando los coches viejos circulaban sin revision, ponen remedo, sigo ?
    Verano Año 2015 Sanidad obliga a muchas piscinas comunitarias en Las Palmas a clausurarlas si no ponen una puerta de acceso con cerradura segun normativa NF P90-306 y sus bisagras que la mantiene siempre cerdada. Que pasa ese es un loco Iresponsable ó Responsable, eso es una norma efectiva, solo llegaran al agua los niños mayores o acompañados que puedan abrir esa puerta especial para niños menores de 5 años.
    O Es mejor esas normativas que te dicen que debes tener uno ó dos ó tres socorristas ó tatos flofadores ó un botiquín, muy bonito. Todos sabemos de que hay niños que se ahogan al cuidado de su propio padre o madre que mejores que ellos en cuidado no hay nadie y les pasa, que no pasará por alguien que no lo es y que tiene que vijilar a muchos, pero a demás esa es una persona, que puede tener un despiste y eso se paga con una vida.
    Francia, un pais de Europa, frontera con España, tie desde hace bastantes años legislado y ckn mormativa y aplicada al dia dia sobre la seguridad en las iscinas y la seguridad de los niños, pero para todas, privadas, comunitarias, municipales y todo con elementos fisicos directos y fectivos, como vallas, cubiertas, flotantes.que pasa tambien es que es poque no son responsables?
    Pasas la ITV por que te obligan y sino te multan, llevas el cinturón por que te obligan, si no te multan y que yo sepa esos son medidas de seguridad para las personas, ahí tambien ponen barreras al campo ? Que? Es para savar vidas verdad?

    1.    Macarena dijo

      George, agradezco tu preocupación y tus aportaciones. Creo que Alfonso ha reafirmado lo que tu apuntabas en el primer mensaje: no tenemos legislación unificada; pero también recuerda que si que existen normas técnicas de aplicación.

      Tienes razón: nos cuesta reaccionar, y a veces no lo hacemos hasta que no ocurre una tragedia 🙁

      Eso me lleva a pensar que no tenemos cultura de la prevención, y esta cultura sería de aplicación tanto por las autoridades como por los ciudadanos. Digo esto porque yo si que me pondría el cinturón aunque no me obligaran, la seguridad es importantísima para mi.

      Igual también tendríamos que ver la forma de llegar a otras personas para que re elaboraran su percepción de este tema.

      Un saludo.