Ley de familias: ¿Qué es y que cambios introduce?

Ley de familias

El pasado 28 de marzo el Gobierno aprobó la Ley de Familias que busca garantizar el pleno reconocimiento jurídico de todo tipo de familias a través de los distintos servicios sociales. Una Ley que introduce además claros beneficios para los trabajadores en relación a la conciliación.

El derecho a la conciliación es uno de los pilares básicos de esta ley, que gira también alrededor de la ampliación de la protección social a las familias, el reconocimiento de los distintos tipos de familias y el cuidado de los derechos de los niños y adolescentes. ¿Quieres saber los cambios mas importantes que introduce la ley? ¡Te los contamos!

¿Qué es la Ley de Familias?

La Ley de Familias es una nueva normativa impulsada por el Gobierno para mejorar la conciliación laboral de los trabajadores en España. Para ello no solo reconoce la diversidad de las situaciones familiares sino que además aborda las barreras en la conciliación laboral.

Familia

La Ley de las familias elimina el término ‘familia numerosa’ y engloba bajo el término ‘familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza’ a las siguientes familias:

  • Familias ‘monomarentales’ con 2 hijos.
  • Familias con 2 hijos en las que un ascendiente o descendiente tenga discapacidad.
  • Familias con 2 hijos encabezadas por una víctima de violencia de género.
  • Familias en las que un cónyuge haya obtenido la guardia y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos.
  • Familias con 2 hijos en la que un progenitor esté en tratamiento hospitalario durante un 1 año o haya ingresado en prisión.
  • Familias numerosas con al menos tres hijos.

¿Qué permisos y modificaciones incorpora?

¿Qué permisos y modificaciones incorpora la Ley de las familias? Las mas importantes probablemente sean los nuevos permisos retribuidos para el trabajador por un total de hasta nueve días al año, así como el equiparación de derechos de las parejas de hecho. ¡Conócelas con mas detalle!

Familia

Permiso retribuido de 5 días al año para cuidar de familiares

El trabajador podrá ausentarse del trabajo durante 5 días con derecho a remuneración por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho y parientes hasta segundo grado por consanguineidad (abuelos, nietos o hermanos) o afinidad.

Permiso retribuido de hasta 4 días para urgencias

Además podrá ausentarse del trabajo de forma retribuida otras cuatro jornadas por “causa de fuerza mayor” cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles en relación a casos de enfermedad o accidentes que hagan indispensable su presencia relacionados con familiares o personas convivientes. Podrá usarse este permiso por horas o por días, hasta sumar un total de 4 días al año.

Permiso de 8 semanas para los padres trabajadores

Las personas trabajadoras también tendrán derecho a un permiso parental, para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años. En 2023 será de seis semanas y en 2024 se elevará a ocho que podrán disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o en régimen de jornada a tiempo parcial. Se amplía así el permiso ya existente de 16 semanas, estas si retribuidas.


Despido nulo

La Ley de familias estipula como despido nulo aquel que se realice a trabajadores que disfruten de jornada adaptada por cuidado de familiares de hasta segundo grado y de quienes estén haciendo uso del permiso parental de ocho semanas, así como del permiso de cinco días.

Equiparación de derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho

Esta ley equipara los derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho y posibilita el acceso a 15 días de permiso cuando formalicen su situaciones, de la misma forma que hasta ahora los recién casados.

Ampliación de la ‘Renta crianza’ de 100 euros

El proyecto amplia la ‘renta crianza’ de 100 euros al mes para hijos de entre 0 y 3 años a las personas que tengan hijos menores de 3 años que estén o hayan estado en la Seguridad Social o en la mutualidad durante al menos 30 días.

¿Conocías la Ley de familias?


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