Cuando un niño o niña no puede vivir con su familia biológica debido a una situación de riesgo o desamparo, el acogimiento familiar se convierte en una solución y una medida de protección temporal para estos. Hablamos hoy de este tipo de acogimiento, de sus objeticos y del papel de las familias de acogida.
El acogimiento familiar evita la estancia de estos niños en centros de protección de menores y les ofrece la posibilidad de desarrollarse en un mejor entorno. No se trata de una adopción y no debemos confundirla con esta. Las exigencias a las familias solicitantes son distintas y los objetivos otros.
Objetivos del acogimiento
El acogimiento familiar es una medida solidaria de protección con los niños/as y sus familias biológicas, que evita la estancia en centros de protección de menores. La posibilidad de mantener la vinculación con sus padres y hermanos y al mismo tiempo desarrollarse en el mejor entorno posible.
El Ministerio de Derechos Sociales deja muy claro cuáles son los cuatro objetivos principales del acogimiento familiar. Y hemos decidido compartirlos con vosotros tal como ellos los exponen y expresan para que no haya dudas:
- Proporcionar al menor un entorno normalizado, seguro y emocionalmente estable que favorezca el apego y la reparación del posible daño sufrido.
- Posibilitar el desarrollo armónico e integral del menor en un clima de aceptación, protección y cariño, sin perder (si fuera posible) la relación y el vínculo con su familia biológica.
- Facilitar modelos de referencia e imitación.
- Evitar la institucionalización de los menores, planteando una alternativa a los centros residenciales.
¿Puedo acoger?
¿Te has planteado en alguna ocasión acoger a un niño en tu hogar? Si es así debes saber que pueden solicitar ser familia de acogida todo tipo de familias o personas: familias monoparentales, biparentales, o con otro tipo de estructura, sin importar la edad, el sexo o el estado civil.
Lo mas importante es que tengas una situación personal y socio familiar que te permite ofrecerte como familia acogedora. Y que estés en disposición de ofrecer un ambiente estable y afectivo al menor. Después, será la Administración la encargada de conocer a las familias. ¿Para qué? Para asegurarse de que tengan las capacidades, actitudes, y entusiasmo para hacer frente a una situación no siempre sencilla.
Algunos de los menores del sistema de protección han sido objeto de abandono, negligencia, malos tratos o cualquier otra circunstancia dolorosa y/o traumática. Por tales motivos pueden tener problemas que dificulten la convivencia.
Por estos y otros motivos es importante en caso de estar interesado en acoger informarse bien antes. Existen reuniones informativas en las diferentes CCAA en las que s eofrece una información básica ¡acude a ellas! Después, con toda la información en la mano reflexiona antes de enfrentarte al proceso de idoneidad.
No es una adopción
El acogimiento familiar y la adopción son medidas diferentes con objetivos diferentes. La acogida como ya hemos mencionado es una medida de protección que busca el interés superior del menor y tiene por objetivo favorecer su desarrollo en el seno de una familia, priorizando la reintegración en su familia de origen si esta fuera posible.
Las familias que acogen, por tanto, deben tener claro que el menor no va a ser jurídicamente su hijo a no ser que finalmente el menor sea declarado adoptable e inicien entonces el proceso para ello. La adopción, en cambio, conlleva la ruptura de vínculos del niño o niña con su familia biológica.
El acogimiento familiar es un acto solidario y necesario que hace un poco mas fácil la vida de menores que han sufrido mucho. Es un acto que implica una gran responsabilidad y generosidad; ofrecer seguridad, querer y proveer todo lo que pueda necesitar (con el apoyo de la Administración de la correspondiente CCAA) el menor. Y una reflexión profunda para entender que ese niño o niña tiene padres y que el objetivo, siempre que sea posible, es que estos vuelvan con ellos.
¿Te has planteado en algún momento la acogida?